El Certificado de Eficiencia Energetica es obligatorio

A partir del 1 de junio de 2013 la normativa establece que es responsabilidad del propietario de un inmueble que quiera alquilar o vender su propiedad tener el certificado de eficiencia energética y en caso de no ser así se establece un sistema de sanciones que podrían ascender hasta los 6.000€.

Siendo las comunidades autónomas quienes tienen las competencias en esta materia, podemos desglosar 3 tipos de infracciones y sanciones:

Infracción leve (sanción de 300 a 600 euros)

Se consideran infracciones leves:

  • Publicitar la venta o alquiler de edificios o unidades de edificios que se deban disponer de certificado sin hacer mención a su calificación.
  • No exhibir la etiqueta de eficiencia cuando es obligatorio o exhibir una sin el formato y contenido mínimos.
  • Expedir certificados sin la información mínima; incumplir las obligaciones de renovación o actualización de los certificado.
  • No incorporar e certificado en el Libro del Edificio.
  • Publicitar la calificación del proyecto cuando ya existe la del edificio terminado.

Infracción grave (sanción de 601 a 1.000 euros)

Serán infracciones graves sobre el certificado de eficiencia energética:

  • Incumplir la metodología de cálculo de procedimiento básico para la certificación.
  • No presentar el certificado ante la comunidad autónoma para su registro.
  • No incorporar el certificado de eficiencia energética de proyecto en el proyecto de ejecución de inmueble.
  • Exhibir una etiqueta que no se corresponda con el certificado real.
  • Vender o alquilar un inmueble sin que el vendedor o el arrendado entreguen el certificado en vigor al comprador o arrendatario.

Debido al contenido de la tipología de las infracciones graves, nos encontramos que serán las que en mayor medida puedan afectar a los propietarios de una vivienda que quieran venderla o alquilarla, ya que el hecho de no tener el certificado y no entregárselo a su cliente se considerará una falta grave, que además de ir acompañado de una sanción podría conllevar la anulación del contrato si el cliente comprador entendiera que existe un vicio oculto en la vivienda.

Infracción muy grave (sanción de 1.001 a 6.000 euros)

Y por ultimo serán infracciones graves sobre el certificado de eficiencia energética:

  • Falsear la información en la expedición o registro de los certificados.
  • Actuar como técnico certificador o agente independiente autorizado para el control de la certificación sin contar la habilitación pertinente.
  • Publicitar en la venta o alquiler de edificios o parte de edificios una certificación que no esté respaldada por un certificado en vigor debidamente registrado.

Además, se establece que será infracción grave cometer una infracción leve si el año anterior se hubiera impuesto al infractor una sanción firme por el mismo tipo de infracción, y será muy grave si durante los tres años anteriores se hubiera impuesto una sanción firme por la misma actuación.

Igualmente, si el beneficio que el infractor hubiera obtenido por la infracción fuera superior al importe de la sanción se impondrá por un importe “equivalente” al de dicho beneficio, teniéndose en cuenta en la graduación el daño producido, el enriquecimiento obtenido injustamente y la concurrencia de intencionalidad o reiteración.

Más información sobre el Certificado de Eficiencia Energética en:

http://www.vivirenalmeria.com/el-certificado-de-eficiencia-energetica/

2 respuestas a «El Certificado de Eficiencia Energetica es obligatorio»

  1. Gracias por la información.
    ¿podríais completarla aclarando, donde, se tramita y el precio aproximado, así como los plazos para disponer del certificado, antes de que nos multen?
    Está claro, nuevos impuestos o tasas, en fin la historia interminable.
    Gracias

    1. Disculpe María del Carmen por no contestar a su pregunta,creo que después de tanto tiempo tendrá ya la información pero si puedo ayudarle estaré encantada,
      El certificado tiene que ser hecho por un técnico autorizado y el precio varía según los m2 de la vivienda,oscila aproximadamente entre 90€ a 150€ siendo estos los mas comunes que me encuentro en Almería tiene validez para diez años y las multas oscilan desde los 300 € a 6.000€.
      Es obligatorio para su venta o alquiler pero incluso hay que tenerlo desde el momento de comercializarlo porque ya en su anuncio tiene que estar visible su etiqueta energética con una calificación que ira desde la A a la G siendo esta la calificación mas baja,teniéndola que aportar siempre el propietario y en mi caso que somos inmobiliaria( Remax Aljibe) una copia en nuestro poder para mostrársela al futuro cliente que luego le haremos entrega en el momento de la escritura.

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